Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 3 reguladora de la “Tasa por expedición, tramitación y reproducción de documentos que expidan o de los que entiendan la administración o las autoridades municipales”

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  • Fecha de creación 10 de octubre de 2022
  • Última actualización 10 de octubre de 2022

Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 3 reguladora de la “Tasa por expedición, tramitación y reproducción de documentos que expidan o de los que entiendan la administración o las autoridades municipales”

El Pleno del Ayuntamiento de Viana de Cega en sesión ordinaria celebrada el día 4 de octubre de 2022 acordó la aprobación de la modificación de la Ordenanza fiscal Nº 3 reguladora de la “Tasa por expedición, tramitación y reproducción de documentos que expidan o de los que entiendan la administración o las autoridades municipales”

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.